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Prestación contributiva por desempleo

Contributory unemployment benefit

Hasta 1.575 € al mes durante 24 meses si te quedas en paro — la prestación contributiva del SEPE.

≈ 12,000 €/año Complejidad SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal)
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La prestación contributiva por desempleo (popularmente "el paro") es la principal ayuda económica para quienes han perdido su empleo. La paga el SEPE durante un periodo proporcional a las cotizaciones de los últimos 6 años: hasta 24 meses con un máximo de 1.575 € al mes (con dos hijos a cargo). El plazo legal para solicitarla es de 15 días hábiles desde el fin del contrato. La solicitud se hace en la Sede Electrónica del SEPE con Cl@ve, certificado digital o presencialmente con cita previa.

Requisitos

Tienes derecho a la prestación contributiva si:

  • estás en situación legal de desempleo (despido, fin de contrato, ERTE extinguido, etc.)
  • has cotizado al menos 360 días en los 6 años anteriores
  • estás inscrito como demandante de empleo y has firmado el compromiso de actividad
  • no has cumplido la edad de jubilación
  • puedes ser español, ciudadano UE o extranjero con autorización de trabajo en vigor

Fundamento jurídico

La prestación contributiva por desempleo está regulada en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, en sus artículos 262 a 277, y desarrollada por el Real Decreto 625/1985 sobre protección por desempleo. La gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), organismo autónomo dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, en colaboración con la Tesorería General de la Seguridad Social.

El sistema español distingue entre prestación contributiva (basada en cotizaciones previas, regulada en este artículo) y subsidio asistencial (asistencial, para quienes han agotado la contributiva o no cumplen los 360 días de cotización). La reforma del RDL 1/2024 introdujo cambios en los importes y requisitos a partir de noviembre de 2024.

Requisitos de acceso

Para causar derecho a la prestación contributiva por desempleo, el solicitante debe reunir los siguientes requisitos (art. 266 LGSS):

  • Situación legal de desempleo — despido (objetivo, disciplinario o colectivo), fin de contrato temporal, ERTE de extinción, no superación del periodo de prueba a iniciativa del empresario, o resolución indemnizada por modificación sustancial de condiciones (art. 50 ET).
  • Cotización mínima — al menos 360 días cotizados por desempleo en los 6 años anteriores al desempleo o al cese de la obligación de cotizar.
  • Inscripción como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo de la comunidad autónoma y suscripción del compromiso de actividad.
  • No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación, salvo si no se reúnen los requisitos para causar pensión.

Quedan excluidos los autónomos (con prestación específica de cese de actividad), funcionarios públicos en activo, miembros de cooperativas en régimen de autónomos, y trabajadores que cesen voluntariamente sin causa justificada.

Cuantía y duración

La cuantía de la prestación se calcula sobre la base reguladora — promedio de las bases por las que se haya cotizado por desempleo durante los 180 últimos días de la cotización previa al cese:

  • Primeros 180 días: 70% de la base reguladora.
  • A partir del día 181: 60% de la base reguladora (RDL 1/2024).

Existen topes mensuales modulados por el SMI: para 2024, mínimo 540 €/mes (sin hijos) o 723 €/mes (con uno o más hijos), y máximo 1.225 €/mes (sin hijos), 1.400 €/mes (un hijo) o 1.575 €/mes (dos o más hijos).

La duración es proporcional a los días cotizados en los 6 años anteriores: 4 meses por 360-539 días cotizados, 6 meses por 540-719 días, 8 meses por 720-899 días, escalonándose hasta el máximo de 24 meses con 2.160 días cotizados (art. 269 LGSS).

Procedimiento de solicitud

La solicitud debe presentarse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la situación legal de desempleo (art. 268 LGSS). El plazo es preclusivo: cada día de retraso supone perder un día de prestación.

Vías de presentación:

  • Sede Electrónica del SEPE — la mayoría de solicitudes. Acceso con Cl@ve PIN, Cl@ve permanente, certificado digital o DNI electrónico.
  • Cita previa presencial en oficina del SEPE — para quienes no tienen Cl@ve. La cita se reserva en sepe.es.
  • Por teléfono al 060 (información) o al teléfono regional del SEPE (gestión).

Documentos: certificado de empresa (lo emite el empleador electrónicamente al SEPE), DNI/NIE, libro de familia para hijos a cargo, vida laboral (descargable de la Tesorería SS) e IBAN. La resolución se notifica en un plazo máximo de 30 días; el primer pago llega entre 5 y 10 días después de la resolución.

1.050 € / mes

70% × 1.800,00 € = 1.260,00 € → 1.050,00 € (tope aplicado)

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  • Base reguladora 1.800,00 € / mes
  • Porcentaje aplicable 70 %
  • Mínimo (IPREM) 480,00 € / mes
  • Máximo (IPREM) 1.050,00 € / mes
  • Prestación mensual 1.050,00 € / mes
  • Duración estimada 8 meses

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Source: SEPE — Simulador de prestaciones

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30 € · por solicitud

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